Consejos para tramitar la nacionalidad correctamente.

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Nacionalidad Española

La obtención de la Nacionalidad española, es uno de los más objetivos más importantes de la mayoría de los extranjeros, pero en ocasiones puede convertirse en una auténtica pesadilla. En este artículo se facilitan diez consejos con los que tramitar la nacionalidad correctamente para conseguir la misma de la manera más rápida y eficaz. 

 

  1. Es necesario aportar copia completa del pasaporte en vigor, de todas las hojas, aunque estén en blanco y de forma completa de manera que pueda leerse el número de cada una de las páginas. En el caso de que se haya vencido recientemente el pasaporte, si se conserva el anterior es aconsejable aportar también este; para asegurarnos que se pueda comprobar claramente que se cumple el tiempo de estancia en España. En caso de estar renovándose, puede aportarse el documento que lo acredite y una vez que se tenga adjuntarlo a la solicitud.
  2. Los certificados tanto de antecedentes penales como de nacimiento deben estar en vigor. En el caso de los antecedentes penales sino consta plazo, su caducidad es de 6 meses, al igual que ocurre con el certificado de nacimiento. Es muy importante escanear todas las hojas del documento de manera que pueda verse claramente los diferentes sellos y apostillas.
  3. Aportación de los exámenes CCSE y DELE, es aconsejable autorizar la comprobación de la realización de los mismos, y también aportar copia. En el caso de que el interesado haya cursado en España sus estudios (Eso, Bachiller, Formación Profesional o Estudios universitarios), bastará con aportar el título de los mismos sin necesidad de solicitar dispensa.
  4. No es necesario aportar contrato de trabajo, ni acreditar ingresos económicos. El interesado puede presentar la solicitud de nacionalidad, aunque no tenga trabajo ni ingresos; pues la integración en España queda acreditada con la realización de los exámenes.
  5. Es fundamental que el interesado cumpla los plazos de residencia legales establecidos, no puede presentarse la solicitud antes de tiempo, aunque sólo falten unas semanas. Aquellas personas que hayan cursado estudios en España deben saber que esos años no les computan a efectos de solicitar la nacionalidad, pues se les considera en situación de estancia, no de residencia.
  6. No haber permanecido fuera de España más tiempo del permitido; en el caso de aquellas personas que deban acreditar dos años de residencia legal y continuada el plazo máximo será de tres meses seguidos; para los casos de 10 años no podrá permanecerse fuera de España más de 6 meses continuados.
  7. Para evitar demoras en la tramitación de la solicitud es mejor presentar la documentación a través de la plataforma del Ministerio de Justicia, de esta manera se genera automáticamente un número de expediente con el que poder hacer el seguimiento. Si la documentación se presenta en un Registro, aunque se escaneen todos los documentos y llegue al Ministerio de forma telemática, no se tendrá número de expediente y además generalmente, irá más lento.
  8. Es importante no cometer errores a la hora de rellenar la solicitud, fundamentalmente en lo relativo a los datos personales, si se trata de algún error tipográfico en otras cuestiones (dirección, nombre de los hijos etc… no pasa nada) y si el interesado lo desea puede subsanarse realizando una aclaración y adjuntándola a la solicitud.
  9. Es aconsejable autorizar la comunicación telemática, pues de esta manera cualquier requerimiento o la propia resolución llegará al interesado de forma automática a través de la carpeta ciudadana. En la práctica está habiendo problemas con las comunicaciones por vía postal.
  10. De igual modo, es conveniente autorizar la comprobación automática de ciertos datos como: el empadronamiento, penales de España y tiempo de residencia en el país, en el caso de que no se hiciera se tendría que aportar la documentación que lo acredite.

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