¿Qué hacer ante la Denegación de una Reagrupación Familiar?

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Permisos de Residencia

Para evitar una posible denegación de una reagrupación familiar, lo fundamental es saber exactamente a qué familiar puedo reagrupar, dónde realizar la solicitud y cuáles son los requisitos y la documentación a aportar.

 

Es necesario distinguir por tanto entre una reagrupación comunitaria y una reagrupación del régimen general; pues los familiares a los que se pueden reagrupar son distintos así como el procedimiento.

 

Ante una resolución denegatoria de una solicitud realizada por el régimen general y por tanto presentada en España cabe en primer lugar Recurso de Reposición en el plazo de un mes, o bien Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses.

Dependiendo del motivo de denegación es mejor optar por uno u otro recurso; entendiéndose que siempre se puede interponer primero el recurso administrativo (reposición) y en caso de desestimación optar por la vía contenciosa.

 

Puede ocurrir también, que a pesar de haberse obtenido una Resolución favorable en España, posteriormente el Consulado deniegue el Visado de Reagrupación Familiar; en este caso se podrá interponer Recurso de Reposición en el plazo de un mes ante el propio Consulado (no es recomendable pues pocas veces suelen estimarse) o acudir directamente al Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses.

 

En el caso de la reagrupación comunitaria; si el interesado presentó directamente la tarjeta comunitaria por estar exento de la solicitud de visado comunitario; el recurso a interponer será el de Alzada en el plazo de un mes, y sólo en caso de desestimación podrá acudir a la vía contenciosa. Es decir no puede optar por uno u otro recurso como ocurre en los supuestos de denegación del régimen general.

 

Si la solicitud se presentó en el Consulado de España del país de origen del reagrupado, en caso de desestimación habrá de acudirse al Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses interponiéndose recurso contencioso administrativo.

 

Nuestro consejo en casos de desestimación de la solicitud cualquiera que sea la vía de presentación, es acudir a un profesional para que valore las posibilidades de éxito y el recurso a interponer.





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