Permiso de Residencia para búsqueda de Empleo.

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Permisos de Residencia

El Permiso de residencia para la búsqueda de empleo, se regula en el Real Decreto 11/2018 que establece que una vez finalizados los estudios en una institución de educación superior, los extranjeros que hubieran alcanzado como mínimo el nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado, podrán permanecer en España durante un período máximo e improrrogable de doce meses con el fin de buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial.

Es decir, está dirigido únicamente a los estudiantes con estudios finalizados, que hayan adquirido la titulación de alguna de las siguientes modalidades: título de grado, de máster o de doctorado.

Es importante señalar, que la solicitud de este permiso debe hacerse no en el momento en el que finalizan los estudios; sino cuando acaba la vigencia de la tarjeta, es decir, en los 60 días anteriores al vencimiento de la misma o en los 90 días posteriores. Prorrogándose la vigencia del permiso hasta que se obtenga una resolución en un plazo de 20 días hábiles, transcurrido el cual sin respuesta se entenderá estimado por silencio positivo.

En conclusión, el extranjero que ha finalizado sus estudios, podrá solicitar el permiso para la búsqueda de empleo, siempre y cuando acredite que ha obtenido una titulación en España.

Esta autorización no autoriza a trabajar, es decir no se expide una tarjeta física sino únicamente le permite buscar un empleo o emprender un proyecto, relacionado con los estudios realizados debiendo solicitar el correspondiente permiso de residencia y trabajo una vez encontrado.

Durante este periodo el estudiante puede estar acompañado de sus familiares y la residencia de estos estará vinculada al interesado.

La documentación a aportar es la siguiente:

  • Formulario EX-01
  • Título o certificado de Educación Superior obtenido.
  • Seguro médico que cubra las mismas prestaciones que la Seguridad Social en España
  • Mantenimiento de recursos (económicos) suficientes; 100€ del IPREM 564.90 euros al mes.
  • Tasa: Modelo 790, código 052, apartado 2.1.



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