Denegación de la Solicitud de Dispensa a Analfabetos.

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Nacionalidad Española

Uno de los principales requisitos para poder obtener la nacionalidad española es la superación de dos exámenes; uno obligatorio para todo el mundo de Conocimientos Constitucionales y Culturales de España (CCSE) y otro de conocimiento del Idioma español (DELE) obligatorio únicamente para los solicitantes en los que el idioma español no sea su lengua oficial.

Existen una serie de supuestos en los que puede solicitarse una Dispensa al Ministerio de Justicia, aunque al día de la fecha no existe aún una normativa que regule las mismas lo que está provocando que muchas solicitudes lleven años en espera.

 La Orden US/1625/2016, de 30 de septiembre, en su artículo 10 establece de forma literal:

“Las personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de estas pruebas al Ministerio de Justicia que, a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas, resolverá motivadamente”

Recientemente se están resolviendo muchas de estas peticiones de personas analfabetas que han solicitado quedar eximidas de la realización de los exámenes, pero no todas las peticiones se están resolviendo de forma favorable sobre todo en el caso de que el interesado no tenga una edad avanzada pues se considera que actualmente el estado español dispone de muchas opciones para que alguien en plenas facultades pueda aprender a leer y escribir; siendo el conocimiento del idioma fundamental a la hora de integrase en un país.

El conocimiento del idioma para entender y hacerse entender en el país del que se pretende adquirir la nacionalidad, es un elemento revelador y significativo al ser el vehículo de comunicación, además de una obligación recogida en el artículo 3.1 de la Constitución. El Tribunal Supremo, en reiteradas sentencias, señala que el desconocimiento del idioma castellano se traduce en una evidente falta de integración, lo que conlleva la imposibilidad de tener una relación mínima con los miembros de la sociedad con la que se convive.

La incapacidad para comunicarse por medios escritos en el idioma oficial del que pretende ser nacional implica un importante grado de aislamiento y marginación incompatibles con la debida integración en la sociedad española.

La alfabetización es, por tanto, un factor esencial de integración en la sociedad que recibe a la persona migrante, y si bien puede ser comprensible que personas de cierta edad tengan especiales dificultades para aprender a leer y escribir, una persona joven que no padece discapacidad alguna y pretende integrarse en la sociedad española y, más aún, adquirir la nacionalidad, debe comenzar por adquirir la habilidad de lectoescritura que le permita participar plenamente en la sociedad española y acceder a su mercado laboral.

España ha librado desde hace años una batalla contra el analfabetismo y son muchos los recursos puestos a disposición de todas las personas, nacionales o extranjeras, por administraciones locales, regionales o las ONG para que puedan aprender a leer y escribir”

 

Aquellas personas jóvenes sin ningún tipo de discapacidad ni de dificultad de aprendizaje deberán realizar los exámenes aunque sean analfabetos, pues no le van a ser concedidas las dispensas dado que con un poco de voluntad y esfuerzo podrán aprender a leer y escribir.


Abogada de Extranjeria en Madrid - Nacionalidad