Interposición del Recurso Contencioso Administrativo por Silencio Negativo

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Nacionalidad Española

Tras la entrada en vigor hace unos años del nuevo procedimiento para la obtención de la nacionalidad Española por residencia, no se están cumpliendo las expectativas generadas en su momento que establecían que las resoluciones de los trámites se producirían en un breve plazo (máxime un año);  por el contrario, hay cientos de expedientes paralizados resolviéndose poco a poco.

 

Eso significa que todas aquellas personas que hayan presentado su solicitud recientemente, tendrán que esperar al menos un par de años más para obtener respuesta.

 

Existe sin embargo una posibilidad de conseguir una Resolución en un plazo de tiempo más breve, y es interponer un Recurso Contencioso ante la Audiencia Nacional, transcurrido un año desde la solicitud de la  nacionalidad sin haber recibido respuesta.

 

La ventaja de realizar este recurso es que, o bien el Ministerio de Justicia al comprobar que se ha iniciado un recurso examina de oficio el expediente y dicta una Resolución; o bien son los propios Magistrados de la Audiencia Nacional, los que una vez comprobado que el interesado cumple con todos los requisitos, dicta una Sentencia concediendo la nacionalidad Española. En ambos supuestos, se obtiene una respuesta en un plazo más corto que siguiendo los trámites de espera normales.

 

Desde nuestro despacho son varios los recursos interpuestos hasta la fecha, habiendo obtenido resultados favorables.


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