Modelo de escrito de Alegaciones ante una Sanción Económica.

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Expedientes de Expulsión

MODELO DE ALEGACIONES 15 DIAS

SANCION ECONOMICA, FAMILIARES RESIDENTES LEGALES

 

 

AL MINISTERIO DEL INTERIOR

DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA

PROCEDENTE: COMISARIA LATINA

 

DOÑA ELENA ABELLA DIAZ, mayor de edad, con D.N.I. 50.727.626-E y domicilio profesional en Madrid, calle Embajadores 206 Duplicado, 1º B, 28045, Abogada, designada para la defensa de DON……… mayor de edad, nacional  de ……… ante esta Jefatura comparezco y como más procedente sea en Derecho, DIGO:

 

Que con fecha 11de abril de 2011 ha sido notificado acuerdo de dicha fecha, por el que se da inicio al procedimiento para la imposición de multa vía  procedimiento ordinario de DON………. y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/200, formulo dentro del plazo concedido de quince días las siguientes:

 

 

ALEGACIONES

 

PRIMERA.- Los hechos imputados a mí representado son: CARECER DE DOCUMENTACION QUE ACREDITE SU ESTANCIA LEGAL EN ESPAÑA. En ningún momento se indica que la incoación del presente procedimiento derive de su participación presunta en algún tipo de delito, sino que se ha iniciado sin causa justificada alguna y por el mero hecho de ser extranjero, pues sus rasgos así lo indican.

 

La resolución administrativa sobre la que se formulan las presentes, en su hecho segundo y motivador del presente expediente literalmente dice: Los hechos antes reseñados, pudieran ser constitutivos de la infracción administrativa prevista en el artículo. 53.1 a) de  la Ley Orgánica 4/2000, modificada por las también Leyes Orgánicas 8/2000, 11/2003 y 14/200 y 02/2009, en adelante L.O. 4/00, Sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que señala como infracción: Encontrarse irregularmente en territorio español, por no haber obtenido la prórroga de estancia, carecer de autorización de residencia o tener caducada más de tres meses la mencionada autorización, y siempre que el interesado no hubiere solicitado la renovación de la misma en el plazo previsto reglamentariamente."   Por lo que el expediente se inicia únicamente por la carencia de documentación.

 

Como se pudo constatar por la propia policía y así consta reflejado en la notificación del expediente mi patrocinado nunca ha sido detenido, por lo que carece de cualquier antecedente que indique su peligrosidad.

 

SEGUNDA.- Don…….. lleva residiendo en España desde hace cinco años, habiendo entrado en España de forma legal a través del puesto fronterizo, adjuntamos como documento nº 1, copia de su pasaporte en el que se puede observar de forma clara el sello de entrada en el país el …..

 

Mi representado llegó a España con la esperanza de labrarse un porvenir, residiendo con su hermana Doña……… y su sobrina Doña……… ambas residentes legales, adjuntamos copia de sus tarjetas de residencia como documentos nº 2 y 3 y certificado de empadronamiento colectivo como documento nº 4.

 

Si Don……. ha permanecido ilegal durante estos años no ha sido por su voluntad, pues tal y como se ha manifestado, desde el primer momento ha hecho todo lo posible por integrarse en nuestro país, sin embargo durante todos estos años y hasta la fecha ha sido víctima del egoísmo de los empresarios para los que ha trabajado, pues han requerido sus servicios sin proceder a solicitar los permisos necesarios, habiendo tenido que aceptar jornadas que casi siempre superaban la legalmente permitida, sin que los empresarios le hayan aportado la documentación precisa para legalizar su situación en España.

 

En la actualidad y pese a llevar residiendo de forma continuada en España durante cinco años, no puede regularizar su situación por circunstancias excepcionales al amparo de lo establecido en el artículo 45. 2 b) del Reglamento de la Ley de Extranjería, pues, aunque cumple con todos los requisitos, carece de un contrato de trabajo.

 

TERCERA.- La sanción de multa que se pretende imponer no es proporcional con las circunstancias del caso, pues tal y como se ha expuesto Don……. carece en la actualidad de trabajo, dependiendo de su hermana y de su sobrina con las que reside, el único dinero que percibe de trabajos esporádicos lo envía a su país donde permanecen sus tres hijos. Adjuntamos como documentos nº 5 y 6 resguardos de envíos de dinero.

 

No es justo que la Administración imponga una sanción pecuniaria a mi representado cuando el mismo se encuentra en una situación que le haría cuanto menos merecedor de una ayuda por motivos humanitarios, pues no tiene contrato, y cuando consigue algún trabajo provisional en ningún momento le dan de de alta en la Seguridad Social; extremos de los que únicamente son responsable los empleadores para los que ha trabajado hasta el momento, sin que pueda hacer nada al respecto pues necesita ese trabajo para poder mantener a su familia.

 

Entendemos que los medios de los que dispone la administración deberían ser empleados en perseguir y sancionar a las personas que injustamente se lucran del trabajo de personas como mi patrocinado, no imponerles a ellos la sanción que merecen otros.

 

No es justo que el Estado Español haya tolerado durante muchos años la llegada de nacionales….., sabiendo que su entrada en el país en el 99% de los casos era pura y llanamente inmigración laboral, para después, incoar expedientes de expulsión o de multa como el presente caso, por la mera estancia irregular.

 

La administración era conocedora de esta situación, permitiendo que casi la totalidad de los “turistas” entrasen en nuestro territorio, pese a que la legislación de extranjería les impedirá en varios años normalizar su situación. Pese a ello han sido prácticamente nulos los controles en frontera, tal vez por la falta de personal o por los intereses económicos presentes, entre ellos los de las compañías aéreas. Lo que es un hecho objetivo es que la Administración ha tolerado su entrada sin que sea de recibo ahora incoar expedientes de expulsión, o pretender que personas prácticamente insolventes abonen sanciones pecuniarias, amparados en unos canjes de notas que les eximían de la presentación de visado. Estas personas han empeñado sus pocas propiedades y las de su familia, para buscar un futuro mejor, futuros que los dirigentes de sus países les han impedido conseguir, siendo absurdo ahora que se les exija el pago de una sanción cuando lo justo sería ofrecerles la ayuda necesaria con la que poder sobrevivir en nuestro país.

 

Es fácil ahora responsabilizar de la estancia irregular al pobre extranjero, es fácil olvidarse de la situación que han propiciado los diferentes gobiernos que han colocado a mi patrocinado y a otros muchos con su tolerancia y falta de control, como responsables de una infracción administrativa cuando realmente el culpable de esta situación es directamente el Estado Español.

Es injusto ahora mirar para otro lado, optando por la salida fácil de sancionar al extranjero en situación irregular, sin aceptar que ésta situación ha sido provocada por las deficientes medidas adoptadas que han implicado la tolerancia de la inmigración.

Es ilógico que se imponga una sanción económica a quien meramente aprovechando la permisibilidad y la coyuntura existente intenta buscar un futuro mejor para su familia.

 

Mi cliente ha aceptado trabajos mal remunerados, con jornadas que excedían ampliamente de la legalmente establecida, pasando auténticas necesidades pues lo poco que obtiene lo emplea en mantener a sus hijos que permanece en Paraguay a los que envía regularmente dinero; exigir a Don ………. abonar una sanción económica supondrá dejarle en una situación de extrema necesidad que en modo alguno se encuentra ampara en los hechos.

 

Por lo expuesto,

 

SOLICITO, que teniendo por presentado el presente escrito se sirva admitirlo y tener por efectuadas las alegaciones que anteceden y en su virtud acuerde archivar el presente expediente y subsidiariamente para el supuesto de no estimarse la anterior solicitud se acuerde la imposición de sanción pecuniaria en su grado inferior de acuerdo con el principio de proporcionalidad.

 

 



Abogada de Extranjeria en Madrid - Nacionalidad